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Nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones en 2021

Si tiene o piensa contratar un plan de pensiones en el año 2021, le interesará conocer la nueva normativa al respecto. ¿Qué cambios pueden afectar en su declaración de la RENTA del año 2021? A lo largo de este articulo podrá conocer los nuevos límites regulados:

Con carácter general, el límite de reducción en este año pasará de 8.000 euros anuales a un límite máximo de 2.000 euros anuales. El nuevo límite de deducción de 2.000 euros, podrá incrementarse en hasta 8.000 euros adicionales por aportaciones del empleador a favor del empleado a instrumentos de previsión social empresarial (planes de pensiones de empleo-PPE y Planes de Previsión social empresarial-PPSE).

La reducción en aportaciones a planes de pensiones a favor del cónyuge pasa a ser de un máximo de 1.000€ al año frente a los 2.500€ en el ejercicio 2020, siempre que el cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los obtenga y sean menores a 8.000 euros anuales.

En caso de personas con alguna minusvalía, el límite será diferente, pudiendo aportar hasta 24.250€. También si se realizan aportaciones a favor del participe con alguna minusvalía siendo familiar hasta el tercer grado o tutor el límite de la reducción se sitúa en 10.000€. Cuando concurran varias aportaciones a favor de esta persona, la reducción se efectuará, en primer lugar, sobre las aportaciones realizadas por la propia persona con discapacidad, y si estas no alcanzaran el límite se podrán reducir las aportaciones realizadas por terceros a su favor en la base imponible de éstos, de forma proporcional a la cuantía de dichas aportaciones.

Por último, aclarar que esta modificación no afecta de igual forma a los residentes en Navarra, según la Ley Foral 21/2020 de 29 de diciembre, los importes máximos de deducción por aportaciones a sistemas de previsión social se reducen de 3.500 euros a 2.000 euros en el caso de participes menores de 50 años, pero en caso de que el participe sea mayor de 50 años el límite se situará en 5.000 euros.

Desde el Bufete Agüera & Fuentes quedamos a su disposición asesorarle sobre estas cuestiones, así como para cualquier aclaración que necesite en materia de asesoramiento fiscal y tributario.

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