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Limitación en la compensación de BINS

Limitación en la compensación de BINS para entidades incluidas en grupo de consolidación fiscal

Para el periodo impositivo 2023, la Ley 38/2022 de 27 de diciembre, en su disposición adicional
decimoctava, expone la aplicación de una importante medida en relación al cálculo de la base
imponible de los grupos fiscales. En la misma se limita la compensación de bases imponibles
negativas (BINs) generadas por las distintas entidades dependientes en el propio ejercicio a
liquidar.
Conforme a la citada medida:
– Con efectos para periodos impositivos que se inicien en 2023, la base imponible del
grupo fiscal se determinará teniendo en cuenta el 50% de las bases imponibles
negativas individuales de cada una de las entidades dependientes incluidas en el grupo
fiscal.
– El importe de bases imponibles negativas no incluidas en la base del grupo (el restante
50% de las BINs individuales), se integrará en la base imponible del grupo fiscal por
partes iguales en los siguientes diez periodos.

Dicha medida conlleva un diferimiento de los créditos fiscales del grupo, y por tanto el
consiguiente efecto financiero, pudiendo resultar una mayor cuota tributaria en el ejercicio
2023, que en los próximos periodos irá revirtiendo, al tratarse de una diferencia temporal.
Por último, advertir que esta nueva medida afecta al resultado del impuesto de sociedades de
ejercicios iniciados en 2023, cuyo plazo de presentación está previsto para julio de 2024, si
bien, es importante analizar de forma individualizada la composición de cada grupo, así como
los efectos en cada uno de ellos, ya que el impacto puede variar dependiendo de los resultados
esperados en cada filial.

Este Despacho se pone a su disposición para aclarar cualquier cuestión al respecto.

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