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Modelo 360: solicitud de devolución del IVA soportado en otros Estados Miembros

Este modelo permite a los empresarios y profesionales que ejerzan su actividad económica en territorio de aplicación del impuesto (TAI), solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportado en 2018, por la adquisición o importación de bienes o servicios en países de la Unión Europea.

El modelo 360 no supone una obligación, sino un derecho del contribuyente para solicitar a la Agencia Tributaria la devolución de las cuotas de IVA soportadas en otros Estados Miembros por las operaciones realizadas en el año con motivo de la actividad empresarial.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de esta solicitud de devolución, se iniciará el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural, concluyendo el 30 de septiembre del siguiente año en el que se hayan soportado las cuotas a que se refiera.

La solicitud de devolución podrá comprender las cuotas soportadas durante un trimestre natural o en el curso de un año natural. También podrá referirse a un período inferior a un trimestre cuando se trate del conjunto de operaciones realizadas en un año natural.

Para operaciones realizadas en el ejercicio 2018, el periodo para solicitar la devolución finaliza el próximo 30 de septiembre.

Requisitos para tramitar la solicitud de devolución del IVA

  1. La solicitud se presentará por vía telemática.

El modelo 360 se realiza exclusivamente mediante el trámite habilitado en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y exige identificación con firma digital (certificado electrónico o DNI electrónico). A continuación le facilitamos el link a dicho trámite aquí.

       2. El presentador ha de estar dado de alta en la DEH (Dirección Electrónica Habilitada) para ser notificado por vía electrónica.

      3. Por último, en caso de que el solicitante desee realizar el trámite a través de un representante, deberá registrar el correspondiente apoderamiento

El apoderamiento podrá tramitarse por internet con certificado electrónico siendo necesario confirmar la recepción del mismo.

Plazo de devolución

El plazo para que el país Miembro resuelva sobre la devolución es de cuatro meses, si bien, puede ampliarse hasta seis u ocho meses en función de si se requiere o no información adicional de la devolución.

Puede consultar todos los requisitos para tramitar la solicitud de devolución del modelo 360 haciendo clic en este enlace

Este Despacho se pone a su disposición para cualquier aclaración al respecto.

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